Art. 7

Art. 7

7 / 12
En vigor desde 24 ene 1983
El himno de Andalucía habrá de ser interpretado en todos los actos oficiales organizados por la Junta de Andalucía, Corporaciones Provinciales en ella integradas y municipios de su territorio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/1982/12/21/3#art-7