Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
67 / 72En vigor desde 20 ago 2015
El párrafo primero del artículo 14 de la Ley Hipotecaria quedará redactado en los siguientes términos:
«El título de la sucesión hereditaria, a los efectos del Registro, es el testamento, el contrato sucesorio, el acta de notoriedad para la declaración de herederos abintestato y la declaración administrativa de heredero abintestato a favor del Estado, así como, en su caso, el certificado sucesorio europeo al que se refiere el capítulo VI del Reglamento (UE) n.º 650/2012.»
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Proeli/es/l/2015/07/30/29#disposicion-final-primera