Título TÍTULO X
Art. Disposición transitoria novena
151 / 159En vigor desde 28 jul 2006
Los titulares de licencias de medicamentos dispondrán de un periodo de seis meses, desde la fecha de publicación de esta Ley en el Boletín Oficial del Estado, para el cumplimiento de lo establecido en los dos últimos párrafos del apartado 5 del artículo 15 de esta Ley.
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Proeli/es/l/2006/07/26/29#disposicion-transitoria-novena