Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria primera
36 / 42En vigor desde 1 ene 2004
El día 1 de enero de 2004 se integrarán en el Centro los organismos, servicios y unidades cuyas funciones sean la I+D agroalimentaria, o realicen actividades afines o complementarias.
Se modifica por el art. 43.9 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-2227
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2002/12/17/29#disposicion-transitoria-primera