Título TÍTULO II
Art. Artículo sexto
6 / 27En vigor desde 13 dic 1983
El Patronato Rector ajustará su funcionamiento y régimen de acuerdos a lo establecidos en general para los órganos colegiados en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.
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Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1983/11/25/29#articulo-sexto