Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 23 dic 2022
El Gobierno dispondrá lo necesario para que, en el plazo máximo de un año, esté en funcionamiento el portal de internet para conocimiento y difusión del ecosistema español de empresas emergentes a que se refiere el artículo 24.
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eli/es/l/2022/12/21/28#disposicion-adicional-quinta