Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 1 ene 2014
El Gobierno presentará a las Cortes Generales un informe anual sobre la evolución y composición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. El Gobierno remitirá dicho informe a las Cortes Generales a través de su Oficina Presupuestaria que lo pondrá a disposición de los Diputados, Senadores y las Comisiones parlamentarias. Se añade el párrafo 2 por la disposición final 13 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13616 .

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eli/es/l/2003/09/29/28#disposicion-adicional-tercera