Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Seccion 3.ª Exacciones reguladoras de precios
Art. 36
Derogado37 / 187En vigor desde 28 dic 1990
Corresponderá a la Comunidad Foral la gestión, inspección, recaudación y revisión de las exacciones reguladoras de precios que afecten a bienes o productos almacenados en Navarra, salvo que tales exacciones se destinen a financiar órganos o servicios que no sean de la Comunidad Foral.
Corresponderá en todo caso al Estado la competencia para el establecimiento y regulación de las citadas exacciones.
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Proeli/es/l/1990/12/26/28#art-36