Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 22 dic 2022
Las políticas públicas deberán estar sólidamente formuladas en sus aspectos técnicos, basadas en evidencias, deberán responder a las necesidades y desafíos de la sociedad, identificar su valor público a partir de criterios y definir una métrica que permita su evaluación.
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eli/es/l/2022/12/20/27#art-5