Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional novena
32 / 45En vigor desde 20 jul 2006
Los registros telemáticos de la Administración General del Estado deberán incluir entre sus procedimientos telemáticos los relativos a la resolución de solicitudes de información ambiental.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/07/18/27#disposicion-adicional-novena