Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
3 / 38En vigor desde 30 nov 2002
1. La Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca, como entidad local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias corresponden a la Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2002/11/26/27#art-3