Art. Disposición final
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final

20 / 20
En vigor desde 23 ene 2003
El Gobierno, a propuesta del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, debe aprobar, en el plazo de seis meses a partir de la publicación de la presente Ley, el Reglamento de funcionamiento y competencia del Registro Administrativo de Empresas de Inserción de Cataluña.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2002/12/20/27#disposicion-final