Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

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En vigor desde 16 ene 2002
Los menores y los jóvenes internados pueden participar, de la forma que se ha de establecer por reglamento, en la organización de actividades educativas, recreativas, deportivas y culturales.
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eli/es-ct/l/2001/12/31/27#art-29