Art. 49
Título Título ICapítulo Capítulo IISecc. Sección 2.ª De las Autoridades Portuarias

Art. 49

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En vigor desde 27 feb 2004
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21615 Se modifica el apartado 4 por el art. único.20 de la Ley 62/1997, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-27988

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Pro

eli/es/l/1992/11/24/27#art-49