Art. 34
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 34

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En vigor desde 25 dic 2018
La publicidad protagonizada por niños, niñas o adolescentes dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana debe estar sometida a los siguientes principios de actuación: 1. La utilización de su imagen debe respetar su dignidad y sus derechos. 2. Toda escenificación publicitaria en que participen debe evitar mensajes que inciten al consumo compulsivo. 3. Se difundirá una imagen ajustada y positiva hacia la diversidad funcional o discapacidad, religiosa, sexual, funcional o de género, entre otras.
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