Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 18
18 / 212En vigor desde 25 dic 2018
1. Las administraciones públicas promoverán canales de participación adaptados y accesibles que faciliten la libre expresión de ideas y opiniones de niños, niñas y adolescentes en los distintos ámbitos en los que se desarrolla su vida escolar, social y ciudadana.
2. La Generalitat fomentará la libre expresión de sus opiniones mediante el apoyo a los medios de difusión que promuevan ellos y ellas.
3. Los niños, niñas y adolescentes gozarán en la Comunitat Valenciana del derecho a la creación literaria, artística, científica y técnica, así como del reconocimiento y atribución de los derechos derivados del hecho de la creación.
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Proeli/es-vc/l/2018/12/21/26#art-18