Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 176
176 / 212En vigor desde 25 dic 2018
Las administraciones públicas colaborarán con los órganos judiciales para garantizar la mejor eficacia en la observancia y cumplimiento de la presente ley y de las normas de protección y defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia.
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Proeli/es-vc/l/2018/12/21/26#art-176