Art. 176
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 176

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En vigor desde 25 dic 2018
Las administraciones públicas colaborarán con los órganos judiciales para garantizar la mejor eficacia en la observancia y cumplimiento de la presente ley y de las normas de protección y defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia.
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