Art. 174
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 174

174 / 212
En vigor desde 25 dic 2018
1. En las diferentes demarcaciones territoriales en las que se estructura el sistema valenciano de servicios sociales se constituirán comisiones de coordinación para la promoción de los derechos y la protección de la infancia y la adolescencia, cuya composición y funciones se establecerán reglamentariamente, en las que participarán, al menos, representantes de los departamentos con competencias en educación, sanidad, servicios sociales y seguridad pública. 2. Los protocolos previstos en esta ley para la detección, notificación, valoración o intervención en situaciones de desprotección, así como aquellos otros que se implanten para garantizar la coherencia de las actuaciones públicas de promoción y defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia, preverán expresamente mecanismos y procedimientos de coordinación interadministrativa.
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