Art. Disposición final undécima
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final undécima

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En vigor desde 29 dic 2013
En el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, las comunidades autónomas adaptarán su legislación sobre cajas de ahorros a lo dispuesto en la misma.
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