Art. 25
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª La comisión de control

Art. 25

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En vigor desde 29 dic 2013
Los vocales de la comisión de control deberán reunir los mismos requisitos y tendrán las mismas incompatibilidades y limitaciones que los vocales del consejo de administración.
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eli/es/l/2013/12/27/26#art-25