Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 28 dic 2012
El Gobierno elaborará y aprobará antes del 31 de diciembre de 2013 y previa consulta al Consejo Nacional de la Discapacidad, un Texto Refundido en el que se regularicen, aclaren y armonicen la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Se modifica por la disposición final 5 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15595 .

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eli/es/l/2011/08/01/26#disposicion-final-segunda