Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 38En vigor desde 30 nov 2002
1. La Comarca de Cinco Villas tiene su capitalidad en el municipio de Ejea de los Caballeros, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la Comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.
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Proeli/es-ar/l/2002/11/26/26#art-2