Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 19
20 / 92En vigor desde 19 ago 1988
Para la imposición de las sanciones previstas en esta Ley se seguirá el procedimiento previsto en los artículos 133 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes.
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Proeli/es/l/1988/07/29/26#art-19