Art. 24
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección tercera. El Plan nacional del asociacionismo y el voluntariado

Art. 24

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En vigor desde 27 ago 2015
El Plan nacional del asociacionismo y el voluntariado puede complementarse con planes sectoriales impulsados por los departamentos de la Generalidad en el ámbito de sus respectivas competencias, así como con planes de ámbito municipal o comarcal impulsados por los entes locales.
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eli/es-ct/l/2015/07/30/25#art-24