Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 3.ª El contenido de la potestad parental
Art. 236
315 / 368-29
En vigor desde 1 ene 2011
La denegación de la autorización judicial para las renuncias del artículo 236-27.1.e) comporta la aceptación de la transmisión.
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Proeli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-236-28