Art. 234 · -12
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Efectos de la extinción de la pareja estable

Art. 234

232 / 368

-12

En vigor desde 1 ene 2011
La prestación alimentaria en forma de pensión se extingue de acuerdo con las reglas del artículo 233-19.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-234-11