Art. 231 · -14
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Relaciones económicas entre los cónyuges§ Subsección 1.ª Disposiciones generales

Art. 231

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En vigor desde 1 ene 2011
Las donaciones entre cónyuges efectuadas fuera de capítulos matrimoniales son revocables en los casos generales de revocación de donaciones, aunque, en el caso de supervención de hijos, solo lo son si se trata de hijos comunes.
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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-231-13