Art. 226 · -6
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 226

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En vigor desde 3 sept 2021
Se aplican a la asistencia las reglas de la tutela en todo aquello que no se opongan al régimen propio de la asistencia, interpretadas conforme a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Se modifica por el art. 2 del Decreto-ley 19/2021, de 31 de agosto. Ref. BOE-A-2021-18037

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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-226-5