Art. 222 · -3
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 222

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En vigor desde 1 ene 2011
1. La tutela se defiere por: a) Testamento o codicilo. b) Escritura pública. c) Resolución judicial. 2. La tutela de los menores desamparados se defiere de la forma establecida por las leyes y se rige por sus normas especiales.
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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-222-2