Art. Disposición transitoria primera
Libro CONVENIO ECONÓMICO ENTRE EL ESTADO Y LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRATítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 17 jul 2003
Para el quinquenio 2000-2004, el índice de imputación al que se refiere el artículo 57 de este convenio es el 1,60 por ciento.
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