Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Art. 30

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En vigor desde 1 ene 2002
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.1.a) de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-1485 Se modifica el apartado 1.b) y d) por el de la Ley 15/2000, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-1616 Se modifica por el de la Ley 4/2000, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2000-11470 Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en DOGC núm. 2892, de 19 de mayo de 1999. Ref. DOGC-f-1999-90257

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Pro

eli/es-ct/l/1998/12/31/25#art-30