Art. 52
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VISecc. Tasa por utilización de espacios en museos y otras instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura

Art. 52

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En vigor desde 27 nov 2003
Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización de espacios de los museos u otras instituciones culturales gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por sus organismos públicos adscritos. Se modifica por la disposición final 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21539 .

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Pro

eli/es/l/1998/07/13/25#art-52