Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
13 / 14En vigor desde 30 dic 1997
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el completo desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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Proeli/es-md/l/1997/12/26/25#disposicion-final-primera