Art. Quinta
Capítulo DISPOSICIONES FINALES

Art. Quinta

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En vigor desde 27 may 1980
El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en el plazo de dieciséis meses, a partir de la promulgación de la presente Ley, aprobará el Plan Director Territorial de Coordinación a que se refiere el artículo sexto.
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eli/es/l/1980/05/03/25#quinta