Art. Disposición final segunda
21 / 26En vigor desde 6 ago 2015
El Gobierno debe regular por reglamento, en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, los procedimientos extrajudiciales y el funcionamiento de las comisiones de sobreendeudamiento a los que se refiere el artículo 2.
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Proeli/es-ct/l/2015/07/29/24#disposicion-final-segunda