Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 133
133 / 212En vigor desde 1 abr 2017
Antes de iniciar acciones judiciales basadas en la aplicación de las normas del Título IV de esta Ley relativo a las invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios la cuestión litigiosa podrá ser sometida, si las partes así lo acuerdan, a un acto de conciliación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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Proeli/es/l/2015/07/24/24#art-133