Art. Disposición transitoria decimosexta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria decimosexta

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En vigor desde 28 dic 2013
Los extracostes derivados de las actividades de producción de energía eléctrica en el año 2013 cuando se desarrollen en territorios insulares y extrapeninsulares de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico, serán financiados con cargo al sistema de liquidaciones del sector eléctrico considerándose a estos efectos como coste del sistema eléctrico del ejercicio 2013.
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