Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 28 dic 2013
1. Se habilita al Gobierno para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley. 2. En particular, se autoriza al Gobierno para modificar la indexación de la retribución de las diferentes actividades reguladas del sector eléctrico.
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