Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 3 nov 2011
Las comunicaciones y notificaciones a efectuar de conformidad con lo establecido en la Ley podrán realizarse de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones adicionales decimoctava y decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público.
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