Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 56
56 / 97En vigor desde 31 dic 2009
El síndic o síndica de greuges, las personas en quien éste delegue y sus adjuntos pueden acceder a cualquier espacio bajo dependencia de las administraciones, organismos, empresas y personas a que se refiere el artículo 26 para obtener la información necesaria en el curso de una investigación. Las autoridades y el personal al servicio de estas entidades y personas deben facilitarles este acceso.
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Proeli/es-ct/l/2009/12/23/24#art-56