Título TÍTULO TERCERO›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección Tercera. Competencia y procedimiento
Art. Disposición final primera
87 / 88En vigor desde 1 ene 2004
Queda autorizado el Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones exigidas para el desarrollo de esta Ley en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.
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Proeli/es-ar/l/2003/12/26/24#disposicion-final-primera