Título TÍTULO TERCERO›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 32
35 / 88En vigor desde 1 ene 2004
Corresponde al Departamento competente en materia de vivienda de la Administración de la Comunidad Autónoma la investigación y comprobación del cumplimiento de la normativa sobre políticas públicas de suelo y vivienda conforme a lo establecido en esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2003/12/26/24#art-32