Título TÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
63 / 63En vigor desde 12 jul 2003
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", a excepción de lo previsto en el artículo 11, que entrará en vigor el día 1 de agosto de 2003.
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Proeli/es/l/2003/07/10/24#disposicion-final-tercera