Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
49 / 63En vigor desde 12 jul 2003
Esta ley será también de aplicación a los productos derivados de la uva o del vino y, en particular, al vinagre de vino, a los vinos aromatizados, al brandy, al aguardiente de orujo y al mosto. Reglamentariamente se regularán, para el brandy, las menciones "Solera", "Solera Reserva" y "Solera Gran Reserva", así como el empleo de indicaciones de edad en las etiquetas.
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Proeli/es/l/2003/07/10/24#disposicion-adicional-primera