Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 7
7 / 72En vigor desde 4 dic 2018
Se prohíbe la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de las personas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2018/11/29/23#art-7