Art. 54
Título TÍTULO IV

Art. 54

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En vigor desde 4 dic 2018
Son nulas de pleno derecho las disposiciones, los actos o las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyen o causan discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual diferente o grupo familiar y pueden dar lugar a responsabilidades de acuerdo con lo que establece la legislación vigente.
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