Art. 33
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO 6

Art. 33

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En vigor desde 4 dic 2018
1. Las personas LGTBI mayores tienen derecho a recibir de los servicios sociales públicos de la Comunitat Valenciana una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada a sus necesidades, en el ámbito sanitario, social y asistencial. 2. Los centros, servicios y programas de servicios sociales destinados a personas mayores, tanto públicos como privados, garantizarán el derecho a la no discriminación de personas en atención a su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar, ya sea en su individualidad como en su relación sentimental. 3. La Generalitat establecerá las medidas necesarias para garantizar la correcta y específica formación de las y los profesionales que trabajan en los centros servicios y programas de servicios sociales destinados a las personas mayores, tanto públicos como privados, sobre la realidad de las personas LGTBI mayores. 4. La Generalitat fomentará y promoverá en los espacios y recursos comunitarios de socialización, ocio, tiempo libre y educativos, tanto públicos como privados, dirigidos a las personas mayores, actividades que contemplen la realidad de las personas LGTBI mayores.
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