Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 6
Art. 32
32 / 72En vigor desde 4 dic 2018
1. La Generalitat, a través de sus organismos con competencias en materia de juventud, ofrecerá servicios de asesoramiento a las personas LGTBI jóvenes e impulsará campañas de sensibilización sobre el respeto de la diversidad sexual, familiar y de género en la juventud.
2. En los cursos de mediación, animación y formación juvenil se promoverá la inclusión de formación sobre sexualidad y diversidad sexual, familiar, de género y de desarrollo sexual, que les permita fomentar el respeto y proteger los derechos de las personas LGTBI en su trabajo habitual con adolescentes y jóvenes de la Comunitat Valenciana.
3. Todas las entidades juveniles y personas trabajadoras de cualquier ámbito que realicen sus labores con la juventud promoverán y respetarán con especial cuidado la igualdad de las personas LGTBI.
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Proeli/es-vc/l/2018/11/29/23#art-32