Art. 200
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. 200

200 / 238
En vigor desde 2 jul 2018
Cuando la autoridad competente que esté conociendo de un proceso penal en España considere necesario emitir una orden europea de investigación a efectos de la ejecución de una medida de investigación que requiera la obtención de pruebas en tiempo real, de manera continua y durante un determinado periodo de tiempo, indicará las razones por las que estima que la información solicitada es pertinente para el proceso penal en curso. Se modifica por el art. único.22 de la Ley 3/2018, de 11 de junio. Ref. BOE-A-2018-7831

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2014/11/20/23#art-200