Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO XI

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 15 jun 2012
A los instrumentos de planeamiento urbanístico a que se refiere el artículo 72 de esta ley no les es aplicable en su procedimiento de elaboración el trámite de aprobación provisional previsto a la legislación urbanística. Se añade por el de la Ley 6/2012, de 6 de junio. Ref. BOE-A-2012-9373 .

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Pro

eli/es-ib/l/2006/12/20/23#disposicion-adicional-cuarta